Un cruce estratégico de tres rutas en una región turística

Un cruce estratégico de tres rutas en una región turística

Importante: PRORROGA DE PLAZO PARA PRESENTACION DE OFERTAS (hasta 14 de Octubre de 2014)

                                                   Guaminí, 4 de Agosto de 2014.-
DECRETO Nº 698
VISTO:
            El Decreto N° 338/14 que convocó a Licitación Pública Nro. 01/2014,  para la venta de un bien inmueble conforme lo autorizado por Ordenanza nro. 72/2013, y;
CONSIDERANDO:
            Que mediante dicho Decreto se fijó el día 12 de Agosto de 2014 a las 11 horas, como plazo límite para la presentación de ofertas de compras por parte de los interesados.-
           Que las reparticiones municipales informan que a la fecha del presente no se han presentado interesados para la adquisición o consulta de los Pliegos correspondiente a dicha Licitación.-
           Que para asegurar la más amplia difusión y propiciar la presentación de la mayor cantidad posible de oferentes resulta necesario prorrogar la fecha mencionada.-
Por ello.
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
Art. 1º:  Prorrógase la fecha establecida mediante el artículo 2° del Decreto N° 338/14, quedando diferido el acto de apertura de sobres para el día 14 de octubre de 2014 a las 12 horas, y el plazo límite para presentación de ofertas hasta las 11 horas del mismo día.-----------------
Art. 2º: Publíquese en el “Boletín Oficial” y en el Portal Web del Municipio, dése amplía difusión a través de los medios locales y regionales de comunicación social, hágase saber a los Corredores Inmobiliarios habilitados con domicilio en el Partido.----------------------
Art. 3º: Comuníquese, regístrese y archívese.---------------------

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES

Ordenanza N° 72 / 2013
DECRETO     338/2014 - ANEXO I
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
PARA OFRECER EN VENTA INMUEBLE EX “PROYECTO HOTEL REGIONAL”
EN EL PARTIDO DE GUAMINI

LICITACIÓN PÚBLICA Nº: 01 / 2014.-
FECHA DE APERTURA: 12 de agosto de 2014 a las 12 horas
LUGAR DE APERTURA: Palacio Municipal – Plaza Alsina – GUAMINI, B. A.
VALOR DEL PLIEGO: $ 300,-

CAPITULO I: DE LA LICITACIÓN

ARTÍCULO 1: LICITANTE.
La Municipalidad de Guaminí llama a Licitación Pública.

ARTICULO 2: IDENTIFICACION INDISTINTA DE LAS PARTES.
A los efectos del presente pliego puede ser llamada: La Municipalidad, La Licitante, La vendedora. El Contratista puede ser llamado: El Oferente, El Adjudicatario, El adquirente.

ARTICULO 3: NORMAS APLICABLES.
Esta Licitación Pública se regirá las disposiciones previstas en la Ordenanza Nro. 72/2013  y por el presente Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales, Particulares y Anexos. Asimismo se aplicará supletoriamente la siguiente normativa:
Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nro. 6769/58 y sus modificatorias);
Reglamento de Contabilidad y Disposiciones del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires;
Ordenanza General Nº 267 de Procedimientos Administrativos.

ARTICULO 4: OBJETO. 
La presente Licitación Pública tiene por objeto la venta por parte de la Licitante del bien inmueble de propiedad municipal situado en el Partido de Guaminí, constituido por la parcela de terreno con todo lo edificado y adherido al suelo en ella, denominada catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 134, Parcela 1-n; Partida 8171; inscripción de dominio en la matrícula 9491/52.-
Además de la compraventa inmobiliaria el contrato propuesto mediante la presente Licitación avanza sobre aspectos que exceden dicha operación y que obligarán al oferente a realizar determinadas obras sobre el bien y afectar el mismo a determinados usos, en plazo que también se establece mediante el presente Pliego.
A los efectos del presente se deja constancia que el referido inmueble se encuentra bajo la plena posesión de la Licitante aunque, al momento de este llamado a Licitación,  inscripto registralmente a nombre de P&S Sociedad Anónima, cuyo dominio ha sido revocado mediante Decreto municipal N° 74/2004 de fecha 23 de febrero de 2004, encontrándose actualmente en trámite la correspondiente protocolización e inscripción de esa revocación, con intervención de la Escribanía General de Gobierno, conforme lo previsto por los artículos 2665, 2668, 2669 y 2679 del Código Civil y en el art. 36 de la ley 17.801.
ARTICULO 5: DEL PLIEGO.
Los Pliegos de Bases y Condiciones podrán ser adquiridos en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Guaminí, hasta tres (3) días hábiles anteriores a la fecha fijada para el acto de apertura ofertas.
Fijase en Pesos Trescientos ($ 300) el valor del Pliego. Quien lo adquiera deberá identificarse -e indicar en su caso por quién actúa-, constituir domicilio especial en la ciudad de Guaminí y denunciar el domicilio real. Dichos domicilios se considerarán subsistentes mientras no se designen otros en su reemplazo.

CAPITULOS II: DE LAS OFERTAS

ARTÍCULO 6: FORMALIDADES DE LAS OFERTAS.
La oferta se hará en idioma español, en forma mecanografiada, impresa o equivalente, salvándose toda raspadura, enmienda o interlineado. Será suscripta por el oferente, representante legal o apoderado, con identificación del firmante, quien rubricará cada una de las hojas que compongan la oferta, las que deberán ser foliadas. Los importes se expresarán en moneda de curso legal en la República Argentina.
La PROPUESTA se hará en original y duplicado y se deberá presentar, en dos sobres (cajas o paquetes) que se denominarán SOBRE Nº 1 “REQUISITOS Y ANTECEDENTES” y SOBRE Nº 2 “PROYECTO Y OFERTA”.
El original y las copias serán foliados y firmados por quien suscriba la presentación.
En caso de discrepancia entre ellas, prevalecerá el original. Las ofertas contendrán un índice de su contenido y, de estar ella conformada por más de un cuerpo, éstos se identificarán numéricamente y el primero de ellos tendrá un índice general, mientras que los restantes lo tendrán de sus respectivos contenidos.

ARTICULO 7: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. Las propuestas se presentarán en un sobre o paquete debidamente cerrado, con la salvedad de no incluir en su exterior ninguna inscripción, marca, sello, etc., que permita la identificación del postulante. En su exterior deberá constar únicamente:
NOMBRE Y DOMICILIO DEL ORGANISMO LICITANTE (MUNICIPALIDAD DE GUAMINI)
NRO. DE LICITACION PUBLICA:
FECHA Y HORA DE APERTURA: 
OBJETO: Compra de Inmueble.
En el sobre o paquete de la propuesta se incluirán debidamente cerrados el sobre Nº 1 "Requisitos y Antecedentes" y el sobre Nº 2 “Proyecto y Oferta".

ARTÍCULO 8: DEL OFERENTE.
Podrán participar en esta Licitación las personas físicas o jurídicas constituidas conforme a las leyes y que acrediten domicilio real en la República Argentina y constituyan domicilio especial en la ciudad de Guaminí al momento de la adquisición del Pliego de Bases y Condiciones.

ARTÍCULO 9: PATRIMONIO DEL OFERENTE.
El patrimonio del oferente conforma la manifestación del mismo, sea sociedad, asociación o persona física o quienes forman el grupo como oferente, que permite inferir el grado de  solvencia con que cuenta y deberá acreditarse mediante la presentación de Balance o  Declaración Jurada de Bienes certificada por Contador Público Nacional, legalizada por el Consejo Profesional respectivo. Si el patrimonio del oferente se halla integrado por bienes inmuebles, deberá acreditarse dominio de los mismos, exención de gravámenes, constancia de no adeudarse impuestos, tasas y contribuciones que graven los bienes. Si hubiera acciones, valores u otro tipo de bienes, deberá acreditarse su titularidad del modo que correspondiera a cada una de ellas. En todos los casos deberá agregarse Fotocopia debidamente certificada ante Escribano Público de toda la documentación original. La Municipalidad se reserva el derecho de verificar las manifestaciones vertidas y su vigencia, bajo apercibimiento de procederse conforme a los Artículos 10 in fine y 30.

ARTÍCULO 10: INHABILIDADES.
Están impedidos de licitar por sí o por interpósita persona:
a) Los que fueran deudores del Fisco con relación a los bienes que declaran.
b) Los incapaces para contratar según la legislación común.
c) Los separados de la Administración Pública por cesantía o exoneración.
d) Los que se hallaren en estado de concurso preventivo, convocatoria de acreedores, quiebra o liquidación sin quiebra, mientras no estén rehabilitados.
e) Los interdictos judicialmente o que sufran inhibición general de bienes.
f) Los que tengan reclamo judicial o extra judicial contra la Municipalidad.
g) Los que fueran demandados por la Municipalidad ya sea en juicio civil y/o de cualquier naturaleza, y/o que la Municipalidad figure como particular damnificado o querellante en juicio penal.
h) Aquellos a quienes la Municipalidad les haya resuelto contrato de cualquier naturaleza, por causa imputable al Contratista.
i) Los cónyuges de los impedidos, cualquiera fuera el carácter en que se presenten.
j) Los deudores alimentarios.
Por intermedio del formulario de Ofertas, los proponentes declararán no estar comprendidos en los impedimentos establecidos precedentemente. Lo expresado, mas todo lo declarado en el citado formulario de ofertas, revestirán el carácter de Declaración Jurada.

ARTÍCULO 11: DEL PRECIO.
El PRECIO ofrecido deberá indicarse en moneda nacional de curso legal, no pudiendo ser inferior al precio BASE mínimo establecido en la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000).

ARTÍCULO 12: DEL PAGO DEL PRECIO.
El precio se abonará en efectivo, cheque y/o por transferencia bancaria a la cuenta que la Municipalidad indique, pudiendo ser pagadero en hasta dieciocho (18) cuotas mensuales, fijas e iguales, con vencimiento la primera de ellas a los 15 días de quedar firme el Decreto que determina y adjudica la oferta aceptada por la Licitante.
La oferta indicará clara y expresamente la forma de pago.
La posesión no se otorgará hasta tanto se encuentra pagado el 30% del precio pactado.

ARTICULO 13: PROPUESTO DEL DESTINO DEL BIEN. PROYECTO. 
El oferente indicará el destino que asignará al inmueble, el que no podrá ser de simple uso residencial, sino actividad comercial y/o de servicio autorizada en su lugar de emplazamiento por el Código de Ordenamiento Urbano aprobado según Ordenanza Nro. 69/2013.
Las obras mínimas a las que el adquirente quedará obligado a ejecutar en el plazo de 30 meses son las siguientes: 
a) Completamiento, refacción y mejora de la edificación existente, con el fin de destinar dicho espacio cubierto al destino propuesto.
b) Definición y cercado del perímetro de la parcela, cediendo el espacio asignado según plano a la calle colectora, estableciendo los accesos a la misma y senderos internos que comuniquen los distintos sectores.
c) Instalación de un sistema de iluminación en el sector de estacionamiento y en caminos peatonales internos.
d) Parquización y mantenimiento de todos los espacios verdes internos.

Las obras comprometidas deberán ser ejecutadas en un mínimo del 50% para dar derecho a la transmisión del dominio y la totalidad de las mismas deberán ser ejecutadas en el plazo máximo de 30 meses, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 32 del presente Pliego.

ARTÍCULO 14: DE LA INFORMACION DEL OFERENTE.
La presentación de la propuesta implica que el oferente ha analizado los documentos de la Licitación, que obtuvo previamente todos los datos e informes necesarios para efectuar su oferta y cumplir con la misma en todas y cada una de las condiciones establecidas en el Pliego. Que se ha trasladado al Inmueble ofrecido en venta mediante la Licitación a efectos de informarse sobre el estado del mismo, el que se reputa conocido y aceptado por el oferente en todos sus aspectos.
Déjase establecido y aclarado que el oferente tiene a su disposición las constancias obrantes en el Exptediente Administrativo Nro. 4056 – 6434 – 2012 de la Licitante, en el cual constan todos los antecedentes del inmueble ofrecido en venta, especialmente informe sobre dominio, planos de mensura, información sobre edificaciones y mejoras existentes, fotografías, documentación sobre la revocación del dominio a la anterior adquirente de dominio imperfecto, etc.; por lo que no podrá alegarse por parte del Adjudicatario causa alguna de ignorancia en cuanto a la situación física y/o jurídica del bien. La Licitante queda obligada a impulsar todas las gestiones tendientes a la transmisión del dominio a favor del adquirente, incluyendo la registración de dicha transferencia, no implicando ello garantía de resultado en plazo determinado.-

ARTÍCULO 15: DE LAS CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Los interesados que hubieran adquirido el pliego, podrán pedir aclaraciones por escrito durante el llamado a Licitación hasta setenta y dos (72) horas anteriores a la fecha citada para la apertura. La Municipalidad podrá a su vez hacer aclaraciones de oficio. Dichas aclaraciones serán notificadas a todos los adquirentes del pliego en el domicilio especial constituido, formarán parte integrante del Pliego de Bases y Condiciones y se considerarán conocidas por todos los oferentes fehacientemente notificados.

ARTICULO 16: JURISDICCIÓN.
En la oferta, deberá indicarse el domicilio real y el domicilio especial constituido en la ciudad de Guaminí, sometiéndose expresamente a la competencia del Juzgado en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Trenque Lauquen con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción.

ARTÍCULO 17: DEL CONTENIDOS DE LOS SOBRES.
A) El sobre Nº 1: llevará en su exterior la leyenda "Requisitos y Antecedentes" y contendrá:
a-1.- Presentación de copias de documentos, notas, contratos y demás documentación correspondiente a la identidad de los oferentes.
a.2.- Recibo de adquisición del pliego.
a-3.- Manifestación expresa de no encontrarse comprendido en las inhabilidades.
a-4.-Antecedentes debidamente certificados en materia afín a la explotación propuesta, si los tuviera.
a-5.- Documentación que acredite el patrimonio del oferente.
a-6.- Pliego de Bases y Condiciones Legales Generales y Particulares y Anexos y demás documentación que integre el mismo, debidamente firmado por el oferente o su representante en todas sus partes.
a-7.- Constancia que acredite la constitución de la garantía de mantenimiento de oferta.
Este listado es meramente enunciativo pudiendo dar lugar al rechazo de la oferta cualquier otro requisito no cumplimentado que a juicio de la Municipalidad revista carácter esencial o vulnere la igualdad licitatoria.

B) El sobre Nº 2: Contendrá en original y copia, el precio total ofrecido y su forma de pago, la propuesta de destino para el inmueble, su anteproyecto, el plan de obras indicando las características de las construcciones a realizar y de los servicios a brindar, detallando personal a emplear y  equipamiento a introducir.
Presupuestos de Inversión, discriminados en materiales, mano de obra y servicios.
El anteproyecto estará compuesto por:
- Planta general (1:200) con entorno y planta de techos.
- Plantas (1:100)
- Dos cortes (1:100) con disposición de sectores.
- Memoria descriptiva con detalle de los materiales a utilizar.
- Cronograma de etapas de obra e inversiones.
- Balance de superficies.
El oferente deberá obligarse a ejecutar al menos las obras mínimas indicadas en el artículo 13° del presente Pliego.
El oferente deberá presentar los antecedentes necesarios que sirvan para evaluar:
Sus antecedentes de idoneidad respecto de la explotación propuesta.
La importancia de la inversión total proyectada.
La participación proyectada de proveedores locales y generación de empleo.
Resolución arquitectónica proyectada para la integración de la edificación preexistente.

Las omisiones o deficiencias de carácter formal, podrán ser salvadas en el acto o dentro de los tres (3) días hábiles posteriores a la apertura.

ARTICULO 18: LUGAR, FECHA Y HORA DE LA PRESENTACIÓN.
Las ofertas serán presentadas en Mesa de Entradas de la Municipalidad de Guaminí, sito en el Palacio Municipal, Plaza Alsina, de la ciudad de Guaminí, en los días hábiles entre las 7 y las 13 horas. Solo se tendrán en consideración las propuestas que hubieran sido presentadas hasta una (1) hora antes de la fijada para la apertura. 

ARTICULO 19: DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS.
Las ofertas serán abiertas en el lugar, día y hora indicados en el decreto de Llamado a Licitación, en presencia de los funcionarios intervinientes, la Comisión de Evaluación designada a tal efecto y de los interesados que concurran, procediéndose a la apertura del Sobre Nro. 1. Se labrará un Acta en la que se dejará constancia de las propuestas recibidas, del nombre o designación de sus representantes, del número de orden asignado, que será firmada al finalizar el Acto por las autoridades presentes y demás asistentes que así lo deseen.
Si el día fijado para la apertura fuera feriado o asueto administrativo, esta tendrá lugar el primer día hábil siguiente a la misma hora.
Solo se tomarán en consideración las ofertas que hayan sido presentadas en el plazo estipulado.

ARTÍCULO 20: DE LA ADMISIÓN DE OFERTAS.
Solo se admitirán las Ofertas que se ajusten a las disposiciones de este Pliego, pudiendo declararse inadmisibles aquellas que no reúnan los requisitos exigidos. 

ARTICULO 21: DE LA AMPLIACIÓN DE LA INFORMACIÓN.
La Municipalidad podrá solicitar a los oferentes, la información complementaria o aclaratoria que considere necesaria. El plazo para la evacuación de dicha información será de tres (3) días hábiles posteriores a la notificación. Si dicha información no fuera evacuada en término o no llenare a juicio de la Municipalidad los fines perseguidos al solicitarla, se podrá rechazar la oferta sin recurso por parte del oferente o se evaluará la misma con las constancias obrantes en las actuaciones.

ARTÍCULO 22: DE LAS IMPUGNACIONES Y ACLARACIONES.
Las impugnaciones deberán presentarse por escrito y con copia, en forma individual para cada oferente en Mesa de Entradas de la Municipalidad de Guaminí, en el horario de 8 a 13 Hs, dentro de los tres (3) días hábiles subsiguientes al acto de apertura. El oferente que desee impugnar alguna de las ofertas presentadas, deberá previamente depositar en efectivo en la Tesorería de la Municipalidad el equivalente al 3% del precio ofertado en su propuesta. Las impugnaciones presentadas serán giradas a la Comisión de Evaluación y a la Asesoría Legal y Técnica de la Municipalidad a los efectos que se expidan sobre las mismas. Podrán abrirse a prueba las incidencias, resolviéndose la adjudicación sobre la base de las presentaciones, sin perjuicio de las facultades verificatorias de la propia Municipalidad. Estas dependencias resolverán sin apelación sobre las mismas.

CAPITULO III: DE LA ADJUDICACION.
ARTÍCULO 23: DE LA COMISION DE EVALUACION.
El expediente licitatorio será girado el dentro del quinto día hábil posterior a la apertura de las propuestas, para su análisis por parte de la Comisión de Evaluación.
La adjudicación se efectuará al oferente que presente la oferta más conveniente a criterio de la Comisión de Evaluación la que, conforme lo previsto por el Artículo 4° de la Ordenanza 72/ 2013 estará compuesta por el Secretario de Obras y Servicios Públicos, el Secretario de Hacienda y el Asesor Legal y Técnico –como funcionarios del Departamento Ejecutivo- y un Concejal de cada Bloque Político del Honorable Concejo Deliberante, los que serán invitados a tales efectos.
Finalizado el análisis integral de las Ofertas, la Comisión de Evaluación se expedirá dentro de los cinco (5) días hábiles desde que haya recibido la documentación. Su decisión será absolutamente privativa, no encontrándose sujeta a impugnación ni a recurso de naturaleza alguna. 
Las ofertas serán evaluadas de acuerdo a las pautas y factores previstos en el Artículo 5° de la Ordenanza 72/2013, a saber:
Factores Ponderación
Antecedentes de idoneidad y servicios ofrecidos. 20
Importancia de la inversión total proyectada: 20
Participación de proveedores locales y generación de empleo. 25
Precio ofrecido. 25
Resolución arquitectónica proyectada para la integración de lo preexistente. 10
El puntaje final de cada proyecto se determinará por suma directa de los puntajes parciales.
Se podrá rechazar todas las ofertas no dando derecho a los oferentes a exigir indemnización de ninguna naturaleza o formular reclamo alguno.

ARTÍCULO 24: DE LA ADJUDICACION.
Transcurrido el plazo respectivo se deberá proceder a la Adjudicación mediante el Decreto correspondiente. La adjudicación se notificará al Adjudicatario y al resto de los Oferentes, en los domicilios especiales (constituidos). Esta decisión será irrecurrible.


CAPITULO V: DEL CONTRATO.
ARTÍCULO 25: DE LA FIRMA DEL CONTRATO.
Una vez firme la adjudicación se procederá a la suscripción del Contrato. En caso de no comparecencia, el adjudicatario perderá la garantía de mantenimiento de oferta. La Municipalidad podrá declarar la caducidad de la adjudicación, pudiendo adjudicar la Licitación al Oferente que le siga en orden de conveniencia o bien dejar sin efecto la presente Licitación, sin derecho a reclamar indemnización alguna.

ARTICULO 26: INSTRUMENTOS CONTRACTUALES.
Serán documentos integrantes del contrato que ambas partes suscribirán:
a) El presente pliego de Bases y Condiciones y sus Anexos.
b) Modificaciones y Normas complementarias de los pliegos citados.
c) Aclaraciones, instrucciones y circulares del procedimiento licitatorio, notificadas a los oferentes.
d) Oferta adjudicada y su documentación.
e) Aclaraciones sobre la oferta.
Se considerará DOCUMENTACION ACCESORIA que hará fe en lo pertinente, la que se indica a continuación:
1) El Acta de Iniciación.
2) La Carpeta de Obra.
3) Los comprobantes de trabajos adicionales o de modificaciones aprobados por la  Municipalidad.
La totalidad de la documentación licitatoria será agregada al Expediente de Licitación.

ARTICULO 27: DE LA CARPETA DE OBRA.
Una vez comunicada la adjudicación, el adjudicatario deberá presentar la Carpeta de Obra e Instalaciones en un término no mayor de sesenta (60) días corridos. La misma estará compuesta de la documentación que se especifica a continuación:
1- Datos de la empresa.
2- Solicitud de Permiso de Obra: Formulario que deberá contar con la firma, el domicilio y el D.N.I. del adjudicatario, debiendo coincidir los datos consignados con los indicados en la oferta presentada.
3- Copia del contrato entre el adjudicatario y el profesional responsable de la obra, visado por el Colegio Profesional respectivo. El profesional contratado por el adjudicatario deberá presentar copia de la matrícula vigente expedida por el Colegio Profesional correspondiente.
4- Certificado de amojonamiento de la Unidad firmada por un agrimensor o ingeniero habilitado para ello.
5- Croquis de ubicación del obrador (si lo hubiere): Con especificaciones de materiales, dimensiones.
6- Plano de Obra: Se aceptará una presentación de dos (2) copias heliográficas como mínimo, sin enmienda, agregados o raspaduras, en escala 1:50 con detalles constructivos.
7- Plano de instalaciones: (eléctrica, de agua caliente y fría, de gas si la hubiere, proyecto de desagües cloacales, etc.).
8- Planta de los planos municipales, debiendo contener:
* Dos cortes, cuatro vistas.
* Planta de techos (escala 1:200).
* Planta de ubicación.
* Silueta de superficies, cuadros de superficies.
9.- Memoria Descriptiva: Indicando la totalidad de materiales y la calidad de los mismos.
10.- Plan de trabajo e inversiones: Identificando los sectores de inversión en construcción, equipamiento y obras complementarias.

El adjudicatario deberá realizar las gestiones y/o trámites correspondientes a las obras a ejecutar ante las autoridades que correspondan, debiendo dar cumplimiento a la reglamentación vigente sobre la ejecución de las mismas y a las prevenciones referentes a salubridad, seguridad e higiene.

ARTICULO 28: DE LAS OBLIGACIONES DEL ADQUIRENTE.
Además de los deberes establecidos en el presente, el adquirente tendrá como obligaciones esenciales del contrato:
a) Abonar el precio ofrecido en debidos tiempos y formas.
b) Presentar la Carpeta de Obra indicada en el artículo siguiente.
c) Ejecutar las obras exigidas en los plazos acordados.
d) Realizar en forma inmediata la habilitación que correspondan a los rubros que compongan la explotación

ARTICULO 29: DE LA FISCALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El cumplimiento de las obligaciones a cargo del adjudicatario podrá ser controlado por la Municipalidad mediante la realización de inspecciones en la etapa de construcción de las obras y controles en las prestaciones de los servicios. El adjudicatario deberá facilitar el acceso a las instalaciones en cualquier momento a solicitud de la Municipalidad sin formular objeciones o plantear impedimentos de ninguna naturaleza.

ARTICULO 30: POSESION. Se otorgará una vez firme la adjudicación y pagado al menos el 30% del precio de compra pactado.

ARTICULO 31: ESCRITURACION. La Escribanía General de Gobierno tendrá a su cargo el otorgamiento de la escritura traslativa de dominio, mediante la protocolización de las actuaciones administrativas y con la sola comparecencia del adquirente, correspondiéndole también la instrumentación de la constitución del gravamen hipotecario caso que se requiera tal garantía.
Podrá admitirse la designación de notarios a propuesta de los adquirentes, a condición de que se hiciere íntegro pago del precio de compra y la Municipalidad quede exenta de todo gasto.

ARTICULO 32: INCUMPLIMIENTO. El incumplimiento del pago total del precio de venta hará caducar la adjudicación de pleno derecho, dejando resuelta la venta, con pérdida del 50% de los montos abonados en concepto de multa.
En caso de incumplimiento de las obras proyectadas dará lugar a la aplicación de multas mensuales equivalentes al 10% del precio pactado, las que podrán ser ejecutadas por la Municipalidad por vía de apremio judicial con embargo sobre el mismo bien vendido.
En el Contrato que se firme luego de la adjudicación quedarán reglamentados los efectos que surgen del presente artículo.-
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EDICTO

MUNICIPALIDAD DE GUAMINI
LICITACION PÚBLICA Nro. 01 / 2014 - Dispuesta por Decreto Nro.  338/2014 - Autorizada por Ordenanza Nro. 72 / 2013.

OBJETO: Venta INMUEBLE sede de antiguo Proyecto de “Hotel Regional” situado sobre la Rotonda de acceso a la localidad de Guaminí - Parcela de terreno con lo edificado y adherido al suelo situada en el Partido de Guaminí, denominada catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 134, Parcela 1-n; Partida 8171; inscripción de dominio en la matrícula 9491/52.-

BASE $ 600.000 (Pesos seiscientos mil).
Nota: La adjudicación de la venta se efectuará al oferente que presente la oferta más conveniente a exclusivo criterio de la Comisión de Evaluación. Las ofertas serán evaluadas teniendo en cuenta los criterios y factores de ponderación que se explican en el pliego de condiciones.

CONSULTAS y/o RETIRO DE PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Oficina de Compras y Contrataciones, Municipalidad de Guamini, Plaza Alsina s/n de Guaminí, Bs. As.

LUGAR Y FECHA TOPE PARA CONSULTA Y/O RETIRO DE PLIEGOS: Hasta las 11 horas del día 12 de agosto de 2014.

FECHA y HORA TOPES PARA PRESENTACION DE OFERTAS: Los fijados para la apertura de sobres.
LUGAR, FECHA y HORA PARA APERTURAS DE LOS SOBRES DE  OFERTAS: Salón Blanco del Palacio Municipal en Guaminí, el día 12 de agosto de 2014 a las 12 horas.

PUBLICACIONES: Boletín Oficial, Diario La Nueva Provincia, Diario La Opinión de Trenque Lauquen y Sitio Web Oficial: www.guamini.gob.ar

INFORMACION

Se trata de la parcela de terreno situada en la localidad y Partido de Guaminí, identificada catastralmente como Circunscripción   II, Sección B, Chacra 134, Parcela 1-n; Partida 8171; inscripción de dominio en la matrícula 9491 / 052.
En la misma se encuentra una construcción inconclusa de lo que en el ámbito local fuera conocido como el “Proyecto del Hotel Regional”.

Origen
La Municipalidad de Guaminí adquirió en el año 1975 una parcela de mayor superficie en estado baldío emplazada sobre la intersección de la Ruta Nacional nro. 33 con las Rutas Provinciales 65 y 85, y el acceso a la localidad de Guaminí.
Luego de afectar la misma mediante Plano 52-02-2000 la superficie quedó establecida en 1 héctarea, 11 áreas y 92 centiáreas (la situación física actual es mayor pero deberá cederse según Plano una parte como calle colectora.
A su lado se encuentra un Destacamento de la Policía de Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires. 

Frustraciones
Luego de la interrupción de la ejecución del proyecto original, la obra sufrió distintas vicisitudes hasta que en el año 2000 se transfirió previa licitación a una sociedad anónima que posteriormente quebró.
Habida cuenta que esa venta había sido condicionada  a la realización de determinadas obras en determinado plazo, el incumplimiento de la adjudicataria dio lugar a la revocación de la transmisión de dominio, recuperando la Municipalidad de Guaminí la posesión del inmueble durante el año 2013.

El desafío
El actual Intendente Néstor Alvarez ha propuesto la venta del bien mediante proceso licitatorio que se encuentra en elaboración. 
Se estima que la venta se ofrecerá dentro del primer semestre del año 2014.
Se toman los recaudos necesarios para que esta vez el frustrado proyecto de un hotel en ese estratégico lugar pueda llegar a tener el final esperado por casi cuarenta años.
Cualquier información adicional de personas o empresas interesadas en invertir puede ser consultada a la ASESORIA LEGAL Y TECNICA DE LA MUNICIPALIDAD DE GUAMINI mediante el correo electrónico: asesoria_letradaguamini@yahoo.com.ar